<p>El ex entrenador italiano del Real Madrid <strong>Carlo Ancelotti </strong>ha sido condenado a un <strong>año de prisión por un delito contra la Hacienda Pública</strong> relacionado con el ejercicio fiscal 2014, mientras que ha sido absuelto de otro igual relativo a 2015.</p>
Ha sido absuelto de otro igual relativo a 2015
La Audiencia de Madrid ha condenado al ex entrenador del Real Madrid Carlo Ancelotti a un año de prisión por fraude fiscal en el IRPF correspondiente al ejercicio fiscal 2014. El tribunal le absuelve del mismo delito relativo a 2015. La condena le impone pagar una multa por lo defraudado: 386.361,93 euros.
Al tratarse de una pena inferior a dos años, el actual técnico de la selección brasileña no tendría que entrar de forma efectiva en prisión. La sentencia aún puede recurrirse ante el Tribunal Supremo, tanto por la Abogacía del Estado (en nombre de Hacienda) como por la Fiscalía de Madrid.
El Ministerio Público ha estado representado por José Manuel San Baldomero, el mismo fiscal que participa en el caso contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno. El fiscal pedía para Ancelotti un total de cuatro años y nueve meses: dos y tres meses por el delito que se ha considerado probado y dos y medio por el del ejercicio del que ha sido exonerado.
El tribunal considera probado que Ancelotti puso en marcha una operativa habitual en otras investigaciones fiscales a futbolistas: cedió sus derechos de imagen a sociedades radicadas en el extranjero, que en realidad no tenían actividad real alguna y que no tributaron por ello. Él no declaró ningún ingreso por esa operación en 2014, un ejercicio en el que de hecho reclamó a Hacienda -y obtuvo- la devolución de casi 40.000 euros.
Durante la investigación, Hacienda le embargó parte de sus emolumentos percibidos del Real Madrid para saldar la deuda.
En su declaración, Ancelotti indicó que él se había limitado a seguir la sugerencia del Real Madrid para manejar sus derechos de imagen. También negó saber nada de las sociedades que empleó. El tribunal no le cree, porque firmó personalmente la cesión de derechos y porque su esposa dijo que sí conocía las sociedades.
«Las sociedades fueron constituidas con la finalidad de eludir el pago de impuestos», dice la Sección 30 de la Audiencia de Madrid. Hubo por tanto, según el tribunal, un engaño intencionado a Hacienda que, al superar la cifra de 120.000 euros, se convierte en delito.
En cuanto a la acusació por fraude del ejercicio de 2015, el tribunal dice que no ha quedado probado que fuera residente fiscal en España, porque ese año se trasladó a vivir a Londres, tras concluir su primera etapa en el club blanco.
El tribunal no ha aceptado aplicar atenuantes, pero le ha impuesto la pena más baja posible.
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